Derecho Internacional
Cuba y otros gobiernos extranjeros, así como sus organismos y empresas
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La Firma es reconocida desde hace mucho tiempo por su práctica distintiva de representación de la República de Cuba y otros gobiernos extranjeros, así como de muchos de sus organismos y empresas, en asuntos específicos relacionados con los Estados Unidos. Ofrece asistencia en cuestiones que abarcan desde temas delicados entre Estados hasta transacciones comerciales, y lleva a cabo litigios que a menudo sientan precedentes.
Cuba y sus organismos y empresas
Otros gobiernos extranjeros y sus organismos y empresas
Cuestiones
Litigios
Cuba y sus organismos y empresas
Durante más de seis décadas, la Firma ha representado al Gobierno cubano y a sus ministerios en asuntos relacionados con los Estados Unidos. Ha sido el único asesor legal del Gobierno en EE. UU. desde 1960.
La Firma ha asesorado a numerosos ministerios cubanos en asuntos relacionados con EE. UU., incluido el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Asimismo, ha asesorado y asistido a diversos organismos y empresas cubanas en cuestiones transaccionales y regulatorias vinculadas a EE. UU., así como en litigios.
Para más información sobre los litigios de la Firma —que a menudo sientan precedentes—, haga clic aquí.
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Otros gobiernos extranjeros y sus organismos y empresas
Entre otros gobiernos extranjeros y sus organismos y empresas, la Firma ha representado a:
La compañía telefónica estatal de Bolivia (ENTEL, S.A.)
El Estado Plurinacional de Bolivia
La República de Sudáfrica
La compañía telefónica estatal del territorio insular de Sint Maarten (Antillas Neerlandesas)
La República de Haití y el presidente Jean-Bertrand Aristide
El Banco Central de Irán (Bank Markazi Iran) durante la confrontación entre Irán y EE. UU. de 1979-1981
La República de Chile durante la presidencia de Salvador Allende
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Cuestiones
Además de los asuntos transaccionales y regulatorios, gran parte de la labor de la Firma para sus clientes soberanos y otros clientes extranjeros ha versado sobre cuestiones delicadas y altamente controvertidas, tales como los embargos y otras sanciones económicas de los Estados Unidos; las disputas entre Estados; la nacionalización de empresas de propiedad estadounidense y nacional; la inmunidad soberana; la inmunidad de jefes de Estado; la doctrina del acto de Estado; el embargo preventivo de activos estatales y de organismos; y los programas del gobierno de EE. UU. para la congelación de activos de países sancionados. y el aislamiento de las empresas estatales frente a la responsabilidad por los actos y deudas de su gobierno.
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Litigios
La práctica de litigios de la Firma en representación de clientes soberanos extranjeros y entidades afines es extensa y abarca desde disputas comerciales habituales hasta casos de gran relevancia en materia de derecho de política exterior y derecho internacional.
Entre los casos que sentaron precedente se incluyen: *Banco Nacional de Cuba v. Sabbatino* (que estableció la doctrina moderna del «acto de Estado»); *First National City Bank v. Banco Para el Comercio Exterior de Cuba* (que estableció el principio de «entidad separada» para las empresas estatales extranjeras); *Dames & Moore v. Regan* (que ratificó la autoridad presidencial para renunciar a las reclamaciones de ciudadanos estadounidenses contra gobiernos extranjeros —por nacionalizaciones e incumplimientos de pago— y llegar a acuerdos sobre las mismas, incluso pese a la oposición de los reclamantes estadounidenses, con el fin de resolver disputas internacionales); *Banco Nacional de Cuba v. Chase Manhattan Bank* (que fijó el criterio para la indemnización por bienes nacionalizados conforme al derecho internacional); *LaFontant v. Aristide* (inmunidad de «jefe de Estado»); y *Spacil v. Crowe* (inmunidad soberana).
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